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La administración tributaria de Perú emitió el 16 de mayo
una nueva guía de precios de transferencia que aborda el tratamiento fiscal de
las transferencias de acciones de entidades peruanas subvaluadas que involucran
a partes relacionadas extranjeras.
La guía concluye que para tales transferencias infravaloradas,
el costo de las acciones del adquirente debe ser el precio de adquisición más
cualquier ajuste de precios de transferencia.
La guía, Informe No. 057-2019-SUNAT / 7T0000, estipula que
cualquier ajuste de precios de transferencia en la transferencia de las
acciones de una entidad peruana que involucre a una parte extranjera relacionada
afectaría tanto al adquirente como al emisor si hubiera menos impuesto a la
renta peruano o mayor. Se permiten deducciones o costos aplicando las leyes
peruanas de impuesto a la renta.
En ese contexto, la guía concluye que en cualquier
transacción transfronteriza entre partes relacionadas que involucren acciones
de una entidad peruana, un ajuste de precios de transferencia por parte del
contribuyente o la administración tributaria peruana puede afectar tanto el
impuesto a la renta reconocido del emisor como la base de costo del adquiridor.
También agrega que esta ficción tributaria solo debe reflejarse como una adición
al impuesto a la renta, no en los estados financieros.
Por lo tanto, la nueva base de costos de la adquirente
podría ser el precio de adquisición más cualquier ajuste de precios de
transferencia, ya que cualquier ajuste de precios de transferencia afecta tanto
el impuesto a la renta reconocido del cedente como el costo de la adquirente.
En nuestra opinión, esta nueva orientación de la
administración tributaria peruana es bienvenida porque reducirá la incidencia
de la doble tributación internacional.
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